jueves, 26 de mayo de 2011

El Artículo 37 Constitucional dice:

¡¡Exijamos lo Imposible!!
Cubren a Calderón
Lilia Arellano

Estado de los ESTADOS

Priístas protegen a García Luna
Hay bases para un juicio político
PRD y PT colgados de la brocha
TEPJF: complicidad con Los Pinos
EU promueve a Carstens al FMI
Pierde México estabilidad y paz

“La guerra es la salida cobarde a los problemas de la paz”.-
Thomas Mann

La violación a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y sus leyes reglamentarias ha sido y es un sello característico y permanente de la administración federal que encabeza Felipe Calderón, así como de los funcionarios de su gabinete, legal y ampliado. El actual y temporal inquilino de Los Pinos, así como los poderosos burócratas que dependen directamente de él, violan impunemente la Carta Magna de la Nación amparados en una amplia red de complicidades con los dirigentes de los otros partidos políticos y una grave ausencia de controles sobre las funciones de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, que hacen prácticamente imposible la rendición de cuentas y demuestran que México está muy, pero muy lejos de ser una democracia representativa y cada vez más cerca de ser absolutamente controlado por una cerrada y ambiciosa oligarquía.

El último escándalo del poderoso, impune e intocable titular de la Secretaría de Seguridad Pública (SSP) federal, Genaro García Luna, demuestra fehacientemente lo anterior: la poderosa fracción parlamentaria del PRIpresuntamente opositora al partido en el poder, Acción Nacionalen la Cámara de Diputados, que encabeza el salinista Francisco Rojas Gutiérrez, no tiene en su agenda de prioridades encabezar o respaldar una ofensiva político-jurídica contra García Luna por haber violado la Constitución en el desempeño de sus funciones, por lo que todo parece indicar que los esfuerzos de la bancada perredista en la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, unida a los diputados del Partido del Trabajo, en contra de ese funcionario no fructificarán, al menos por el momento, no obstante que cuentan con toda la razón jurídica que, de vivir en un país donde el Estado de Derecho se respetara, tendría como consecuencia directa no sólo la destitución de ese cuestionado servidor público, sino, incluso, la perdida de su ciudadanía mexicana.

El hecho concreto es que García Luna aceptó una medalla de la Policía Nacional de Colombia, que se otorga por “Servicios Distinguidos en Categoría Excepcional”, y que fue entregada por el propio presidente colombiano, Juan Manuel Luna Santos, en la ciudad de Bogotá, sin contar con el aval del Congreso de su país, México, lo que viola flagrantemente el Artículo 37 Constitucional. El jueves pasado, en comisiones, la Permanente rechazó analizar la solicitud de su jefe, Felipe Calderón, para que el órgano legislativo autorizara al titular de la SSP federal aceptar la medalla de referencia, por considerar que se trata de un hecho consumado, es decir que el funcionario ya la aceptó, la portó, la utilizó y hasta la presumió, por lo que los diputados perredistas y petistas exigieron su destitución, pero no fueron respaldados por la mayoría priísta.

Carlos Ramírez Marín, priísta y presidente de la Cámara de Diputados, afirmó únicamente que García Luna tendrá que regresar dicha presea entregada por su “destacado respaldo y apoyo a la Policía Nacional de Colombia” y… tan, tan, asunto arreglado, no obstante que la Comisión Permanente dejó abierta la posibilidad de iniciar un juicio político en contra del secretario de despacho más poderoso de la administración calderonista o, en su defecto, una controversia constitucional que tendría como consecuencia final que perdiera la ciudadanía mexicana. Aquí cabe subrayar lo que indica sobre este delicado asunto el Artículo 37 Constitucional (reformado en sus partes medulares mediante decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de Marzo de 1997):

A) Ningún mexicano por nacimiento podrá ser privado de su nacionalidad; B) La nacionalidad mexicana por naturalización se perderá en los siguientes casos: I.- Por adquisición voluntaria de una nacionalidad extranjera, por hacerse pasar en cualquier instrumento público como extranjero, por usar un pasaporte extranjero, o por aceptar o utilizar títulos nobiliarios que impliquen sumisión a un estado extranjero y II.- Por residir durante cinco años continuos en el extranjero; C) La ciudadanía mexicana se pierde: I.- Por aceptar o usar títulos nobiliarios de gobiernos extranjeros y II.- Por presentar voluntariamente servicios oficiales a un gobierno extranjero sin permiso del Congreso Federal o de su Comisión Permanente; III.- Por aceptar o usar condecoraciones extranjeras sin permiso del Congreso Federal o de su Comisión Permanente; IV.- Por admitir del gobierno de otro país títulos o funciones sin previa licencia del Congreso Federal o de su Comisión Permanente, exceptuando los títulos literarios, científicos o humanitarios que puedan aceptarse libremente; V.- Por ayudar, en contra de la Nación, a un extranjero, o a un gobierno extranjero, en cualquier reclamación diplomática o ante un tribunal internacional; VI.- En los demás casos que fijan las leyes (reformado mediante decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de enero de 1934). En el caso de las fracciones II a IV de este apartado, el Congreso de la Unión establecerá en la Ley Reglamentaria respectiva, los casos de excepción en los cuales los permisos y licencias se entenderán otorgados, una vez transcurridos el plazo que la propia ley señale, con la sola presentación de la solicitud del interesado (adicionado mediante decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de Marzo de 1997).

Si la aceptación de la medalla colombiana no fuera suficiente para iniciar el juicio político a García Luna, lo que reveló este miércoles el periódico “La Jornada” tiene todavía más peso para ese efecto: “Genaro García Luna, secretario de Seguridad Pública federal, en febrero de 2007 dijo a Michel Chertoff, secretario de Seguridad Interna de Estados Unidos: “Usted tendrá libre acceso a nuestra información de inteligencia en seguridad pública”. El rotativo capitalino hace referencia a un cable que le fue entregado por WikiLeaks, el 07MEXICO0983, en el que se asegura que García Luna en su oferta al funcionario estadounidenseuno de los padres de la Ley Patriótica que anula derechos y garantías en aras de la lucha contra el terrorismopedía establecer “protocolos” para hacer posible ese intercambio de información de inteligencia de “alta calidad”.

Ante hechos tan contundentes, ampliamente demostrados, el Congreso de la Unión tiene la obligación constitucional y moral de abrir una investigación y no simple y sencillamente dar carpetazo a tan graves asuntos que deterioran aún más la soberanía de la nación mexicana.

COMPLICIDAD
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